compra en supermercado

Escrito a la Dirección Gral. de Salud Pública realizando aportaciones a la Instrucción de 20 de abril relativa a control de establecimientos minoristas.

A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA

Estimada Directora General,
Nos dirigimos a usted con el fin de hacerle llegar nuestra congratulación parcial sobre la Instrucción del día 20 de abril referente al control de establecimientos alimentarios minoristas. Decimos congratulación parcial porque entendemos que esa Instrucción es, sin lugar a dudas, insuficiente y con un calado muy pequeño. Todo ello derivará en una disparidad de criterios en las actuaciones provinciales.

Cuando el día diecisiete de marzo solicitábamos de esa D.G. una acción puesto que, y es cita textual, “consideramos imprescindible mantener permanentemente activa la Red de Alerta Alimentaria de Castilla y León que interacciona el Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI) y el resto de cuestiones relacionadas con la Salud Pública de Castilla y León”, hacíamos relación expresa a una serie de actuaciones (siete) necesarias para implementar un seguimiento y control. Actuaciones tendentes a no bajar la guardia en el control de los establecimientos e industrias de Castilla y León, pero siempre con el aseguramiento de la salud de los inspectores actuantes y por ende de los ciudadanos tanto inspeccionados como presentes en las inspecciones.

Sentimos tener que ser críticos con su Instrucción pero entendemos que obvia temas tan importantes como:

  1. Determinar el número de personas de los Servicios Veterinarios Oficiales de Salud Pública que no sean personas de riesgo o tengan a su cargo personas de riesgo para el SARS-CoV-2.
  2. Examinar a estos inspectores para comprobar que no son positivos al SARS-CoV-2, incluyéndoles en los programas que se están llevando a cabo en todos los centros de salud y sociosanitarios en los que se están realizando test rápidos y, cuando proceda, PCR a todos los trabajadores de los mismos.
  3. Dotarles de los Equipos de Protección Individual adecuados para llevar acabo su trabajo (pijama y bata, mascarilla, guantes desechables, gafas y pantallas de protección, frasco de jabón y papel de secado desechable, gel y pulverizador hidroalcohólico, calzas, etc), así como de los medios materiales y del resto de medidas de bioseguridad que sea necesario implementar.
  4. Establecer unas directrices higiénicas, acordes con la situación de crisis sanitaria que vivimos, para todo tipo de comercios de alimentación y otros negocios y servicios abiertos.
  5. Contactar telefónicamente/email, etc. con las Asociaciones del Comercio de Alimentación para explicarles las directrices higiénicas mínimas de la alerta COVID-19 y haciéndoles llegar directamente, y a través de los medios de comunicación, un texto con las medidas preventivas mínimas exigibles.
  6. Informar a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad de que se va a proceder a las visitas y requerir, si se estima que acompañen al Inspector Veterinario. Aquí podría comprobarse también si los procedimientos que siguen los agentes en su trabajo son adecuados pues estos profesionales no tienen formación sanitaria de base y pueden cometer errores con facilidad.
  7. Establecer e implementar urgentemente, una vez se tengan los resultados negativos a COVID-19 de los inspectores, EPI´s y medios adecuados, un programa de vigilancia y control de estos establecimientos “calientes”, centros de producción de alimentos básicos y medios de transporte alimentario, que de manera segura y coordinada con los Servicios Veterinarios Oficiales de Agricultura, Ganadería y D.R., permita garantizar la seguridad sanitaria de los productos y conocer la provisión de alimentos para garantizar no solo el abastecimiento de los mismos, sino también el corredor sanitario necesario para avalar la entrada y salida de personas, materias primas y productos elaborados con destino o procedentes de establecimientos en los que se produzcan alimentos, incluidas las granjas, lonjas, fábricas de piensos para alimentación animal y los mataderos, tal como establece el R.D. 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

No podemos entender que ahora que nuestros sanitarios asistenciales han sido, o están siendo, testados para la detección del coronavirus y que, según manifestaciones de las propias autoridades de la Junta de C y L, la Junta ha adquirido 80.000 nuevos test, no se realicen pruebas diagnósticas a los no asistenciales que ya están exponiendo (inspectores de mataderos, en servicios de alertas alimentarias, exportaciones, etc.) o van a exponer su salud y la de los ciudadanos.

Tampoco entendemos que se diga en su Instrucción que las visitas se hagan simplemente con mascarilla quirúrgica, siendo en ocasiones esa mascarilla insuficiente al resultar imposible llevar a cabo las recomendaciones de distanciamiento interpersonal, etc., por lo que entendemos que previamente al
inicio del cumplimiento de esa Instrucción se deberá proporcionar a todos los inspectores lo regulado en cuanto a la prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2

Asimismo, es preciso establecer un protocolo uniforme de actuación en las inspecciones y definir unas pautas de trabajo más concretas para todas las provincias, evitando agravios comparativos para los industriales dependiendo de donde se encuentre ubicado su establecimiento y el consiguiente menoscabo de la credibilidad de la inspección, y por ende de la Institución, al poder darse el caso de que a un mismo industrial y/o comerciante se le exijan cosas distintas según esté en una u otra provincia su establecimiento o cadena de alimentación. 

Todavía estamos a tiempo de corregir estas deficiencias pues la Instrucción no se ha empezado a llevar a cabo en la calle por lo que le rogamos tenga en consideración nuestras aportaciones y las implemente antes de que acciones posteriores puedan conllevar males irremediables.

Quedando a su disposición para cualquier colaboración que estime pertinente, saludos.

Valladolid, a veintidós de abril de dos mil veinte
Fdo.: Juan Carlos Alonso González – Presidente de SIVECAL

>> Descargar documento

También te puede interesar...